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Un derecho con posibilidad de delinquir: Celulares en las unidades penitenciarias:
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Un derecho con posibilidad de delinquir: Celulares en las unidades penitenciarias:

En pandemia se implementó un protocolo para que los presos pudieran comunicarse con sus familias a través de celulares. En los últimos meses creció la polémica de si esto facilitaba la comisión de delitos desde las cárceles y qué hacer al respecto.

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El femicida de Nicole Peña publica videos en Tik Tok desde la cárcel. Estafaron a comercios con tarjetas clonadas: el líder operaba desde la cárcel. Cayó la banda que estafó a Espert: operaba desde la cárcel de Batán. Manejaba desde la cárcel un point de venta de droga.

Los delitos que se cometen por personas privadas de su libertad en la cárcel suceden e indignan a la audiencia de cualquier medio, que ven cómo los presos gozan libertades en sus encierros y que, lejos de rehabilitar su comportamiento lo profundizan.

A raíz de las restricciones por el aislamiento social preventivo y obligatorio en la pandemia del coronavirus, se puso desde marzo de 2020 en vigencia un protocolo para que las personas privadas de su libertad en dependencias del Servicio Penitenciario Bonaerense pudieran estar comunicadas con sus familiares a través de celulares.

El protocolo tiene como objetivo “facilitarle a la población privada de la libertad el contacto con sus familiares y afectos, su desarrollo educativo y cultural y el acceso a información relativa a su situación procesal“. La implementación de este protocolo, explica el texto, “debe llevarse adelante con criterios de razonabilidad”. El protocolo prohíbe usar el celular en pabellones, pasillos, espacios educativos, laborales y cualquier ámbito que no sea de alojamiento.

Claramente, que presos manejen bandas de venta de droga, estafen o extorsionen queda muy alejado de lo dispuesto por ese protocolo.

¿Más o menos delitos desde las cárceles?

Hay que tener en cuenta que los delitos más comunes que se pueden hacer desde un celular serían el grooming (un tipo de engaño pederasta), amenazas, extorsiones y estafas. Además de que los líderes de bandas de narcotraficantes pueden direccionar y manejar las operaciones criminales desde un celular.

Según un estudio realizado en la especialización de Derecho Penal en la Universidad Nacional de Mar del Plata, el uso de celulares de las personas privadas de su libertad no incrementó significativamente el número de delitos que se cometen desde las cárceles de Batán: la 15, la 44 y la 50. Para llegar a esta conclusión, los investigadores tomaron el entrecruzamiento de datos de las estadísticas oficiales elaborados por la Procuración General y los confrontaron con los registros de la Fiscalía General Departamental y con las órdenes de allanamiento relevadas por el Servicio Penitenciario, tanto en un período previo al protocolo dictado en pandemia como posterior.

“El uso de teléfonos celulares en los establecimientos carcelarios no mueve el amperímetro delictual, ni provoca una masividad de criminalidad, por lo que las voces prohibicionistas no tienen asidero en la realidad, y responden más bien al imaginario peligrosista estereotipado del preso”, expresaron los especialistas y reconocieron que los períodos analizados fueron breves.

“Lo que queda por responder es si, vuelta a la normalidad, en un escenario pospandemia, ¿se dará marcha atrás a la habilitación de celulares? ¿Recobrará vigencia el régimen de sanciones disciplinarias por el uso de celular, una vez superada la emergencia sanitaria?”, se preguntó la investigadora Telma Verónica Vargas.

Vargas consideró que quién adopta un discurso permisivo “describe al sujeto privado de libertad, el concepto de persona al que solo puede limitarse el ejercicio regular de derechos constitucionales de manera racional, siendo su límite las garantías constitucionales; por el contrario, quién adopta un discurso prohibitivo, relaciona al sujeto privado de libertad como posible foco de peligro, al que es necesario neutralizar antes de que cometa la conducta ilícita a través del teléfono celular”.

La comunicación, un derecho humano

Cabe destacar que a través de la sanción de la Ley 27.078 “Argentina digital” se ha reconocido el rango de derecho humano a las comunicaciones y a las telecomunicaciones. Para que los presos no estén privados de un derecho humano como es el de las comunicaciones, desde la Comisión Provincial por la Memoria plantearon alternativas para poder controlar y regular el uso de celulares en prisión: cada aparato puede ser configurado mediante la aplicación de un chip o tarjeta limitada estrictamente a poder llamar a números autorizados; se puede registrar por parte de la autoridad penitenciaria cada aparato celular (con marca y modelo) con su respectivo chip a nombre de un determinado detenido; se puede restringir el uso de los aparatos a determinados horarios y en determinados sectores de la cárcel.

La postura de la Justicia Federal

A raíz de estas polémicas, la Procuraduría de Narcocriminalidad elaboró un informe en el que se “detectó la existencia de personas en niveles jerárquicos de organizaciones o bandas narcocriminales de gran complejidad e influencia en sus territorios interviniendo en estas maniobras desde los establecimientos penitenciarios en los que se encontraban detenidas”.

Esta situación fue detectada en distintas jurisdicciones y en varias cárceles del país, evidenciando, para el Procunar, que el problema excede las circunstancias específicas de una institución en particular, o de las características de determinada organización.

“En algunos casos, no puede dejar de suponerse una posible connivencia de parte de los agentes del servicio penitenciario, tanto para facilitar, como para permitir el ingreso de dispositivos de telefonía celular a los establecimientos penitenciarios”, consideraron los investigadores federales, que piden que se extremen las medidas, sobre todo en presos de alta complejidad.

Un grupo de diputados del PRO, encabezados por el mendocino Álvaro Martínez, presentó un proyecto para “tipificar como un nuevo delito la tenencia de dispositivos móviles por parte de los presos en el Código Penal”.

“Tanto el ingreso como la utilización de teléfonos celulares en establecimientos penitenciarios, es sin duda uno de los problemas más graves y complejos del sistema federal penitenciario, especialmente por las consecuencias que dicha utilización ha generado”, expresa el proyecto.

Según el texto, los celulares “se utilizan invariablemente como guía eficaz y coordinación de prácticas ilícitas por parte de organizaciones criminales que operan dentro y fuera de las prisiones, estos dispositivos adquirieron, a lo largo de los años, estatus de armas poderosas en manos de los criminales”.

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