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A partir de mañana se podrá estacionar del lado izquierdo en varias calles de la ciudad
SOCIEDAD

A partir de mañana se podrá estacionar del lado izquierdo en varias calles de la ciudad

Se trata de una disposición municipal que regirá los viernes desde las 20 horas hasta las 7 de la mañana del lunes. En la nota, todas las calles afectadas.

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Con el objetivo de ordenar y lograr una mayor rotación vehicular, días atrás, la Secretaría de Seguridad del municipio elevó un proyecto al Honorable Concejo Deliberante (HCD) que fue aprobado y establece que se permite el estacionamiento sobre el lado izquierdo, en doble mano, desde los días viernes hasta los días domingos, en

Las arterias afectadas por la disposición municipal son las siguientes:

A) Calle San Nicolás desde Boulevard Alsina hasta Avenida de Mayo
B) Calle Luzuriaga desde Echevarría hasta Pueyrredón
C) Calle Alberti desde Echevarría hasta Pueyrredón
D) Calle Moreno desde Echevarría hasta Pueyrredón
E) Calle Lagos desde Merced hasta Doctor Alem
F) Calle Echevarría desde 9 de Julio hasta Moreno
G) Calle Pinto desde 9 de Julio hasta Moreno
H) Calle Pueyrredón desde San Nicolás hasta Boulevard Rocha
1) Calle Mitre desde Merced hasta Moreno
J) Calle Saavedra desde Doctor Alem hasta Moreno
K) Calle San Martín desde Merced hasta Doctor Alem
L) Calle Dorrego desde Doctor Alem hasta Merced

M) Calle Gaboto desde Juan B. Justo hasta San Nicolás
N) Calle Coni desde 9 de Julio hasta San Nicolás
O) Calle Monroe desde 9 de Julio hasta San Nicolás
P) Calle Lavalle desde 9 de Julio hasta San Nicolás
Q) Calle Balboa desde 9 de Julio hasta San Nicolás
R) Calle Magallanes desde 9 de Julio hasta San Nicolás
S) Calle Solís desde 9 de Julio hasta San Nicolás
T) Calle Garay desde 9 de Julio hasta San Nicolás

Dicho estacionamiento podrá efectuarse en el horario que va desde el día viernes a las 20 horas hasta el día lunes a las 7 horas.

En las arterias donde exista estacionamiento medido, el mismo estará vigente a ambos lados de la calzada. Quien estacione del lado izquierdo en la arteria permitida deberá dar cumplimiento a las disposiciones que regulan la materia.

Asimismo, se establece la obligatoriedad de circular a una velocidad precautoria que no podrá exceder los 20 km/h en las zonas donde rige esta medida.

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