En un juicio abreviado, nueve personas fueron condenadas en el marco de una causa por maniobras vinculadas a trámites de internaciones domiciliarias en la regional Junín de IOMA y fueron considerados partícipes necesarios del delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública (art. 265 del Código Penal), por hechos ocurridos durante los años 2011 a 2015.
Se trata de Oscar Mario Zazzali (director de región IOMA Junín), Eugenio Eduardo Pirani (jefe de personal) y Gustavo Crivella (médico auditor); Mario César Villanueva, José Luis Carlisi, Miriam Elisabeth Gómez (pareja de Eugenio Pirani), Pablo Sebastián Schumann, Patricia Blaiotta (esposa de Oscar Zazzali) y Jorge Antonio Pesce (Auditor Odontólogo de IOMA Región Junín).
Falsificaban internaciones domiciliarias
De acuerdo a lo establecido en el expediente judicial, la acusación elaborada por la Fiscalía denunció que “un grupo de personas mayores de edad, revistiendo condición de funcionarios públicos del IOMA”, se valieron de una estructura comercial para interesarse en “contratos o negociaciones en los que debían intervenir en razón de sus cargos”.
A través de una empresa prestadora de servicios de salud, llamada Hestia SRL, y como directivos de la obra social pública de la Provincia, lograban captar pacientes afiliados en un número que se incrementó en forma abrupta en detrimento de otras empresas.
El fraude contra IOMA implicó a una red de funcionarios y empresarios que falsificaban internaciones domiciliarias.
Las condenas
Eugenio Pirani, fue condenado a la pena acordada de tres años de prisión de ejecución condicional y costas e inhabilitación especial absoluta para ejercer cargos públicos.
Oscar Mario Zazzali fue sentenciado a la pena acordada de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional y costas e inhabilitación especial absoluta para ejercer cargos públicos.
Gustavo Ismael Crivella, Mario Cesar Villanueva, Pablo Sebastián Schumann, y Miriam Elisabet Gómez, a la pena acordada de dos años de prisión de ejecución condicional y costas e inhabilitación especial absoluta para ejercer cargos públicos.
José Luis Carlisi, a la pena acordada de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional y costas e inhabilitación especial absoluta para ejercer cargos públicos
Patricia Estela Blaiotta y Jorge Antonio Pesce a la pena acordada de un año de prisión de ejecución condicional y costas e inhabilitación especial absoluta para ejercer cargos públicos.
Además, por el plazo de dos años, se aplicaron las siguientes pautas de conducta: fijar residencia, la cual no podrá modificar sin previo aviso al órgano encargado de la ejecución; someterse a los ciudadanos del Patronato de Liberados Bonaerense y abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas y no consumir sustancias estupefacientes.
“La pena conjunta de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos que prevé el art. 265 del CP, no afecta el cargo y/o función que los imputados desempeñen en la actualidad, sean estos electivos y/o por designación administrativa hasta que cesen en los mismos. La inhabilitación corresponderá a todo cargo o función pública (electivo y/o por designación administrativa) al que pretenda accederse luego de firme la presente. A excepción, esto es agregado -porque sería contradictorio- que la inhabilitación especial absoluta, comprende lógicamente la de ejercer cargos públicos en la obra social IOMA, que fue utilizada para desplegar sus conductas ilícitas”, dice el fallo.
Compartir