Un juez de Junín declaró inconstitucional las retenciones al campo
Lo hizo el Dr. Héctor Plou. El fundamento de este fallo de primera instancia es que como el Congreso no sancionó el presupuesto para este año, no se prorrogó tampoco la vigencia de la Ley de Emergencia Económica que le daba la facultad al Poder Ejecutivo de fijar las retenciones
El juez federal de Junín, Héctor Plou, declaró inconstitucional a las alícuotas de los derechos de exportación en vigencia y fijadas por el decreto 851/2021. El fallo es en respuesta a una presentación de productores rurales de esa ciudad patrocinados por Alejandro Barbieri, expresidente de la Sociedad Rural local, y Luis Panetta.
El fundamento de este fallo de primera instancia es que como el Congreso no sancionó el presupuesto para este año, no se prorrogó tampoco la vigencia de la Ley de Emergencia Económica que le daba la facultad al Poder Ejecutivo de fijar las retenciones.
Informamos que el Juzgado Federal de Junin ha resuelto declarar la inconstitucionalidad de las disposiciones del Decreto 851/2021 a partir del 1 de enero de 2022, normativa que se aplica a las alícuotas de derechos de exportación al sector agropecuario. Abro hilo👇
— Alejandro Barbieri (@aabarbieri1) August 17, 2022
El texto de Plou señala que el argumento del Poder Ejecutivo frente a esta circunstancia “omitiendo explicar por qué solicitó una extensión temporal de la delegación, se limitó a decir que el decreto cuestionado fue dictado mientras estaba vigente la delegación, esto es, antes del 31 de diciembre de 2021. Esto es cierto, pero omite la cuestión central: pretende regir después de vencida esa facultad”.
Barbieri explicó que lo “más importante” del fallo es que reconoce a los productores como “damnificados directamente perjudicados” por las retenciones.
“Los que se benefician de esta sentencia de primera instancia son los mismos productores agropecuarios, ya que fueron reconocidos como legitimados para realizar el reclamo -agregó-. Salimos de la protesta y vamos por otras alternativas más allá de que hoy las retenciones son el ‘mal menor’ frente a lo que considero el ‘robo del siglo’ que es la brecha cambiaria”.
“Si bien nos encontramos ante una sentencia que no se encuentra firme, seguramente debatible en otras instancias judiciales, es una buena noticia en la búsqueda de otras alternativas de defensa de los derechos del sector agropecuario”, agregó.
Por otra parte, destacó que “la gran novedad es que quienes se benefician con la sentencia son los mismos productores agropecuarios, ya que ellos mismo fueron reconocidos como legitimados para realizar el reclamo”.
La decisión judicial no es comparable a la de abril del juez federal Ricardo Bustos Fierro, de Córdoba, que avanzó en reconocer la acción colectiva presentada por la Sociedad Rural Argentina (SRA) en contra de las retenciones, pero no se expidió sobre esa cuestión. La causa está todavía en trámite por una serie de presentaciones posteriores.
Barbieri es patrocinante de otros dos amparos de asociaciones de Arrecifes y Baradero; uno de los cuales fue remitido por el juez federal de San Nicolás a Bustos Fierro.