Según datos oficiales de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, en el Departamento Judicial Pergamino se incrementaron un 40,5% las causas por juicios laborales en los últimos años.
Los números lo reflejan, ya que en 2020 hubo 687 causas ingresadas; en 2021 el número se elevó a 870 y no se detuvo, ya que en 2022 las causas escalaron a 944 y el año pasado a 966.
En diálogo con diarionucleo.com, el juez laboral del Departamento Judicial Pergamino, Leonardo Villanueva, explicó que en promedio reciben entre 900 y 1000 casos por año. Más allá de eso el juez explicó que en 2024 no han notado, hasta el momento, un incremento anormal o extraordinario.
Villanueva detalló que “es un tribunal que recibe periódicamente muchos ingresos”. “Nosotros pensábamos que podíamos llegar a tener este año mayor cantidad de ingresos, pero llamativamente sigue siendo estable. Pese a que es mayor, no es que sea exagerado”, aclaró el juez en relación al contexto de crisis.
La mayor cantidad de ingresos son por despidos y por enfermedad o accidentes laborales. “Tenemos que analizar si existe una justa composición de los intereses de las partes, fundamentalmente del trabajador, y en ese caso ingresa el expediente para que nosotros lo homologuemos”, aclaró.
Los ingresos en el juzgado laboral son del sector privado, porque los conflictos municipales, son contenidos administrativos, salvo las cuestiones de enfermedad o accidentes de trabajo.
Alto porcentaje de resolución
Del total de las causas ingresadas, por año, los conflictos se terminan resolviendo en un 98%. “Ingresaron tantas como las que hemos resuelto, y se resuelven de distintas maneras, es decir, hay distintas formas de solucionar un conflicto”, consideró.
“Una de las soluciones es la sentencia, es decir, cuando el juez se expide respecto de quién tiene razón ante la pretensión que hace el reclamante. Otra es el acuerdo o la abrogación, la conciliación, otra es el sentimiento, cuando la parte de cita de juicio, otra es el allanamiento, cuando el demandado se allana al reclamo, es decir, son diferentes alternativas, pero básicamente las principales se distinguen por sentencia”, dijo Villanueva.
Es decir que el modo normal es la conciliación porque no se expide el juzgado respecto de cómo se resolvió el conflicto, sino que, lo que hacen es analizar si homologan o no el acuerdo que las partes trajeron.
El trabajo “en negro”
De algo que se habla mucho en los últimos tiempos y es que las contrataciones “en negro” se han incrementado y que, en el caso de un juicio laboral, siempre se terminaría resolviendo a favor del trabajador. “Lo que nosotros analizamos es la prueba que nos alcanzan, es decir, las partes, y resolvemos con lo que tenemos. Es decir, no significa que se resuelvan a favor de uno o a favor de otro”, aclaró. Además, Villanueva anexó que “la realidad es que el derecho de trabajo tiende a proteger a los trabajadores” y que “los principios que el derecho laboral tiene son proclives a defender el derecho del empleado”.
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