Sociedad
A PARTIR DEL MES PRÓXIMO

La AFIP pondrá el foco en las billeteras digitales

El organismo recaudador exigirá la notificación de movimientos en esas plataformas cuando superen los 400 mil pesos. Se busca así ampliar el monitoreo fiscal a un segmento de la población que no tiene cuentas en los bancos tradicionales.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pondrá desde setiembre el foco en las transferencias de las billeteras digitales, cuando mantengan saldos o efectúen consumos que superen montos fijados por el organismo.

En concreto, la medida impactará en aquellos usuarios que realicen ingresos o egresos por encima de los 400 mil pesos. En esos casos, serán notificados por el organismo recaudador. Con esta nueva norma, el organismo fiscal busca ampliar de modo significativo el universo de potenciales contribuyentes.

Es que cada vez son más los argentinos que migraron a estas plataformas financieras y dejan la banca tradicional. Un reciente informe elaborado por la Cámara Argentina Fintech en conjunto con el Instituto Tecnológico de Buenos Aires (ITBA) confirmó este cambio en la conducta financiera de los argentinos.

Los datos recabados allí comprobaron que 5,65 millones de personas físicas en el país tenían un crédito vigente con una fintech (en su mayoría, billeteras digitales) al cierre del primer trimestre de 2024. De este total, un 41% de los usuarios no cuenta con ningún otro producto financiero en el sistema bancario tradicional, lo que indica que estas plataformas digitales se han convertido en su única vía de operación financiera bancarizada y de acceso al crédito.

La AFIP pondrá entonces el ojo en las operaciones realizadas en el sistema financiero tradicional, pero también en las plataformas virtuales, para asegurar que cumplen con las normas fiscales.

También –como se aclaró al comienzo de la nota- las billeteras digitales, los bancos y otras entidades financieras deberán informar sobre los movimientos de los usuarios cuando sus consumos realizados con tarjetas de débito por el titular y sus adicionales superen ahora los 400 mil pesos. El límite anterior eran 120 mil pesos.

Otra modificación apunta a los sujetos que gestionan y controlan movimientos de activos a través de plataformas digitales, entre ellos, los Proveedores de Servicios de Pago. En este caso, los montos mínimos a informar fueron elevados: los ingresos o egresos deben superar los 400 mil pesos, mientras que los saldos mensuales deberán superar los 700 mil pesos.

Una de las razones de los cambios instrumentados por el organismo a cargo de Florencia Misrahi es verificar si el origen del dinero que circula por las plataformas virtuales es lícito.

Cuando se excedan los límites establecidos, la AFIP investigará la situación fiscal de los contribuyentes. En ese caso, verificarán el origen de los fondos para determinar si proceden de actividades legales o no.