noscript
Quiénes y cómo pueden anotarse al Procrear II
CASA PROPIA

Quiénes y cómo pueden anotarse al Procrear II

Desde ayer el Ministerio Desarrollo Territorial y Hábitat habilitó la inscripción para el próximo sorteo de Casa Propia, esta vez con dos modalidades según la edad.

Compartir

Ya comenzó a recibir el Ministerio Desarrollo Territorial y Hábitat a partir de ayer miércoles, os formularios de inscripción para participar del sorteo del próximo Procrear II que pondrá a disposición 662 viviendas para personas que tengan entre 18 y 65 años de edad.

Procrear II: Cómo me inscribo

La inscripción al programa Procrear II se habilitó desde este miércoles 26 de abril a partir de las 10 de la mañana, y aún no se informó cuál será la fecha de cierre.

Para anotarse hay que tener en cuenta que serán dos formularios diferentes según la modalidad de inscripción:

  • Postulantes que tengan entre 36 y 64 años y cumplan con los requisitos de la línea Desarrollos Urbanísticos Procrear II, deberán llenar el formulario disponible para la Inscripción General.
  • Postulantes que tengan entre 18 y 35, deberán completar el formulario en Destino Joven.

Es importante recordar que esta inscripción no significa el otorgamiento del crédito, sino que es una primera instancia para participar del sorteo siempre y cuando se cumplan son todos los requisitos exigidos.

Procrear II: Cúales son los requisitos para la inscripción

La edad es el único requisito diferencial para anotarse en Destino Joven o en Inscripción General. Con lo cual, además de tener que se argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país, en ambos casos el Ministerio Desarrollo Territorial y Hábitat exige estos requisitos generales para quienes quieran acceder a una unidad funcional a través de la línea Desarrollos Urbanísticos Procrear II:

  • No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
  • No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción. Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.
  • Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
  • Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.
  • Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
  • Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 1 SMVyM y 10 SMVyM. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.
  • Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.
  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos nueve (9) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
  • Los y las participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
  • El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados: Matrimonio, Unión convivencial, Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.
Comentarios