Provinciales
PERMISOS Y RESTRICCIONES

Vía libre para la caza deportiva en los cotos de la Provincia

Se permite la caza deportiva mayor sin límite de piezas de ciervo Axis, antílope, jabalí, ciervo dama, ciervo colorado y cabra salvaje, desde el 16 de mayo al 31 de diciembre de 2022.

El Ministerio de Desarrollo Agrario bonaerense especificó los períodos de caza deportiva mayor y menor con los permisos y restricciones correspondientes en los cotos inscriptos en el registro provincial para regular la actividad cinegética, garantizar la preservación de los recursos naturales, y llevar adelante un control poblacional de determinadas especies.

A partir de una disposición oficial, la Dirección Provincial de Fiscalización Agropecuaria, Alimentaria y de los Recursos Naturales autorizó la caza deportiva mayor sin límite de piezas de ciervo Axis, antílope, jabalí, ciervo dama, ciervo colorado y cabra salvaje, desde el 16 de mayo al 31 de diciembre de 2022 en los cotos inscriptos en el registro provincial.

Asimismo, la cartera agraria bonaerense habilitó la caza deportiva menor de la liebre europea hasta 10 ejemplares por día y por cazador; de la perdiz chica común hasta 6 ejemplares por día y por cazador; y de la paloma torcaza, hasta 10 ejemplares por día y por cazador.

La Dirección Provincial de Fiscalización Agropecuaria es el área encargada de fijar las zonas y períodos de caza y veda con miras a la protección de la fauna silvestre, y el control de las especies dañinas o de las plagas que afectan a la producción agropecuaria.

La caza deportiva mayor genera una cadena productivo-económica de importancia, especialmente en los municipios que presentan cotos de caza mayor inscriptos en el registro provincial, recordó el Ministerio.

En tanto, la regulación de la actividad permite generar un control poblacional de las especies que se encuentran dentro de los límites de los establecimientos habilitados para caza mayor, a fin de disminuir el riesgo de escape de especies exóticas hacia los ambientes naturales y/o sectores productivos circundantes.

De igual modo, informó que “se fijaron como zonas de veda” todas aquellas expresamente solicitadas por los municipios; las Reservas Naturales de la provincia de Buenos Aires; el Delta del río Paraná; los ejidos de las ciudades, pueblos, lugares urbanos y suburbanos, caminos públicos y todas aquellas áreas concurridas por público; y áreas declaradas en estado de emergencia y/o desastre agropecuario por inundación o sequía”.

La cartera agraria remarcó que para la práctica de la caza deportiva mayor y menor se debe contar con la licencia correspondiente para cada una y utilizar exclusivamente armas de fuego cuya tenencia, transporte y portación fueran debidamente autorizadas por la autoridad competente de conformidad con lo establecido en la Ley de Armas y Explosivos de la Nación.