El Tribunal Oral en lo Criminal de Pergamino, en fallo unánime; condenó a un hombre de 40 años por reiterados abusos sexuales con acceso carnal reiterado y corrupción de menores, cometidos contra tres de sus sobrinas.
Los hechos ocurrieron en la vivienda del sujeto, donde recibía visitas de sus familiares y aprovechaba la ocasión para abusar de las víctimas.
El fallo analiza las pruebas ofrecidas y finalmente condena al pedófilo a quince años de prisión por encontrarlo penalmente responsable del delito de abuso sexual simple reiterado agravado por la convivencia preexistente, abuso sexual gravemente ultrajante, abuso sexual con acceso carnal reiterado, exhibiciones obscenas agravadas reiteradas, todos en concurso real y corrupción de menores agravada en concurso ideal.
Por otra parte, el Tribunal determinó que una vez que la sentencia quede firme, el condenado sea incluido en el banco genético de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires.
La causa estuvo desde la realización de la denuncia a cargo del fiscal Fernando D'Elío y luego pasó a la Fiscalía especializada en delitos contra la integridad sexual; que desarrolló la investigación y tomó declaración a las víctimas en Cámara Gesell.
El juicio se desarrolló durante cuatro jornadas y comparecieron, además de las tres víctimas, testigos de la fiscalía y de la defensa, y peritos. Además, estos últimos analizaron los informes previamente confeccionados.
Según surgió durante el desarrollo del debate oral, el sujeto (hermano del progenitor de las víctimas) abusó de ellas en reiteradas oportunidades, principalmente en la casa de sus padres (abuelos de las niñas abusadas), principalmente mediante tocamientos, exhibiciones obscenas y en varias oportunidades con acceso carnal.
En ese contexto, de los sucesivos testimonios quedó claramente establecido que el abusador aprovechaba todas las oportunidades posibles para estar con sus sobrinas, a las que mediante engaños y amenazas obligaba a realizar distintas prácticas, todas las cuales configuran casos de abuso sexual.
La Fiscalía exigió en su alegato una condena de 21 años de prisión mientras que la defensa solicitó la absolución del imputado, ya que en todo momento este negó la existencia de los abusos y manifestó que la denuncia era "un invento de su cuñada" para provocar una división entre hermanos.
Durante el juicio salió a la luz la dolorosa realidad que debieron atravesar las niñas víctimas de abuso, con situaciones de extrema angustia, problemas físicos y emocionales y dificultades en el estudio.
Finalmente el Tribunal, conformado por los Dres. Marcela Santoro, Guillermo Burrone e Ignacio Uthurry, resolvió condenar al acusado: "ya filiado, como autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple reiterado agravado por la convivencia preexistente, abuso sexual gravemente ultrajante, abuso sexual con acceso carnal reiterado, exhibiciones obscenas agravadas reiteradas, todos en concurso real y Corrupción de menores agravada en concurso ideal, a la pena de quince (15) años de prisión, accesorias legales y costas (arts. 12, 40, 41, 45, 119 primer párrafo en relación al inc b del 4to. párrafo y último párrafo, arts. 119 1er., 2do. y 3er. párrafo, art. 129 2do. y 125 3er. párrafo, en relación a los arts. 55 y 54 del Código Penal y 530 y 531 del C.P.P.).-" y además "Disponer que el condenado continúe detenido, conforme el art. 371 in fin del CPP. Firme la presente, ordénase la toma de la muestra biológica al condenado, a los efectos de la inclusión del perfil genético correspondiente (ADN) en el Banco de Datos Genéticos de la S.C.B.A. (conf. Ley 13.869, art. 22 de la Res 4172/09 y Res. 2080/19 de la S.C.B.A., ley 26.879 y Dec. Reglamentario N° 522/17)."
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