Policiales
CONTRA MILITTA BORA

Procesaron a Chano Charpentier por el abuso sexual agravado

El magistrado dispuso que fuera sin prisión preventiva, al considerar que “no se observan riesgos procesales”, que el imputado no tiene “antecedentes penales” y siempre estuvo “a derecho” en la causa.

El músico Santiago “Chano” Moreno Charpentier fue procesado sin prisión preventiva por el abuso sexual de la cantante Militta Bora, quien era por entonces su pareja, ocurrido en agosto de 2016 en el departamento en el que ambos convivían, en el barrio porteño de Saavedra, informaron fuentes judiciales.

El fallo fue dictado por el juez Luis Alberto Schelgel, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional 60, quien encontró a Chano autor del delito de “abuso sexual agravado por haber sido cometido mediante acceso carnal”, en perjuicio de Mili Gabriela Belén Bora, y le trabó un embargo por $704.70.

De acuerdo con el auto de procesamiento de 15 hojas, el magistrado dispuso que fuera sin prisión preventiva, al considerar que “no se observan riesgos procesales”, que el imputado no tiene “antecedentes penales” y siempre estuvo “a derecho” en la causa.

Según la denuncia de la víctima, el hecho ocurrió durante agosto de 2016 en el departamento en el que convivía junto al cantante. En ese marco, ocurrió una discusión luego de que Chano consumiera estupefacientes, lo que lo volvía “paranoico y violento”, y horas después, cuando pasaron los efectos de la droga, el imputado abusó sexualmente de ella en la habitación.

“Inicialmente, cabe advertir que la verosimilitud de la imputación formulada por Bora está acreditada a partir, fundamentalmente, de un contexto convictivo conformado por varios elementos probatorios que revelan, al menos en clave de probabilidad positiva, que los hechos ocurrieron tal como fueron denunciados”, señaló el juez Schelgel.

En ese sentido, añadió que “en un caso de tenor sexual como este, que se comete en determinadas y particulares situaciones en las que el autor procura intimidad con su víctima para asegurarse que nadie está observando su asedio o su ataque, el relato de la querellante cobra especial relevancia tanto porque lo expuso y ratificó en distintas dependencias”.