Margarita Serna se enfrenta al pedido de cadena perpetua
Así lo solicitó el fiscal Ignacio Uthurry en la audiencia de alegatos de clausura. Por su parte, la defensa le pidió al tribunal que contemplara las circunstancias extraordinarias de atenuación.
Ayer a las 11 de la mañana en el Tribunal Oral en lo Criminal de Pergamino se llevó a cabo la audiencia de alegatos de clausura en el juicio contra Margarita Serna por el crimen de su ex pareja Maximiliano García en el año 2019 en la ciudad de Colón.
El fiscal Ignacio Uthurry y el abogado de la imputada, Estanislao Carricart, expusieron ante el tribunal del juez Guillermo Burrone, Gladys Hamué y César Solazzi, sus pedidos formales de sentencia.
Uthurry abrió la audiencia de los alegatos de clausura diciendo: "Este Ministerio Público ha logrado acreditar con certeza absoluta los lineamientos que fueron materia de la acusación, y esto es que aproximadamente a las 11:40 horas del 30 de abril de 2019 Margarita Alba Serna se hizo presente en el garage de la vivienda de calle 59 número 912 de Colón y, sin mediar palabra, le dio muerte a su ex pareja y padre de sus dos hijos, Maximiliano Alexis García, al clavarle la cuchilla aproximadamente 20 centímetros de hoja a la altura del corazón". Y agregó, "en ningún momento se han demostrado las situaciones de violencia de género que la imputada hace mención".
- Fiscal Ignacio Uthurry
El fiscal realizó un resumen de todo lo expuesto por los testimonios de los testigos y peritos que declararon a lo largo del juicio y finalizó su exposición diciendo, "entiendo que se encuentra acreditada la materialidad ilícita, la autoría responsable de la imputada por el delito de homicidio agravado por el vínculo y solicito que se dicte el veredicto de culpabilidad y sea condenada a la pena de prisión perpetua".
Por su parte, Estanislao Carricart le solicitó al tribunal que contemplara las circunstancias extraordinarias de atenuación para que el monto de la pena sea el mínimo imponible de 8 años de prisión. El abogado defensor expuso: "Entendemos que en este caso concreto se pudo corroborar, la generación de una situación que torna justo reducir la punición. Las circunstancias extraordinarias de atenuación cuya aplicación reclamamos, tienen origen y fundamento en situaciones de hecho "preexistentes", con fundamento en padecimientos anteriores del agente, en este caso Margarita Serna: se trata de circunstancias injustas, dolorosas, reprochables, difíciles de asimilar o justificar, sufridas por el propio victimario, de donde surge la necesidad de apartarse de una pena de prisión perpetua, habilitando a los jueces, a partir de la comprobación de esas particularidades que entendemos reúne este caso y justifica razonablemente la aplicación de una pena temporal".
- Abogado de Margarita Serna, Estanislao Carricart
Y culminó argumentando: "Margarita no nació de un repollo. Margarita recibió maltrato toda su vida, desde el momento mismo en que nació. Margarita no fue abandonada una vez, Margarita tiene una vida de abandonos. Margarita es muy inestable y todo impulso. Margarita no puede planear, Margarita actúa. Margarita fue mamá a los 14 años, Margarita tuvo que abandonar la escuela, así como el papa, la mamá y los padres de sus hijos la abandonaron. Margarita había recién parido, Margarita sintió que la volvían a abandonar y llegó a pensar que se le terminaba el mundo. Margarita hizo lo que pudo. Margarita no merece estar encerrada en la cárcel toda su vida. Margarita merece una condena, porque Margarita tiene que aprender. Margarita se debe otra oportunidad".
Al término de los alegatos el juez Burrone dispuso un cuarto intermedio hasta el lunes 22 de agosto al mediodía, jornada en la cual se conocerá la sentencia a Margarita Serna.