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ANUNCIO DE LA MINISTRA DE SEGURIDAD, ALEJANDRA OLIVA

Incendios forestales: el Gobierno endurecerá las penas contra quienes provoquen

Ya sea por negligencia o de manera intencional, en el marco del nuevo Código Penal.

La ministra de Seguridad, Alejandra Monteoliva, anunció ayer que el Gobierno avanzará en el endurecimiento de las penas contra quienes provoquen incendios forestales, ya sea por negligencia o de manera intencional, en el marco del nuevo Código Penal.

“Prender fuego no es un accidente. Es un delito. En esta Argentina, el que las hace, las paga”, afirmó la funcionaria a través de un comunicado.

La ministra remarcó que el 95% de los incendios son consecuencia de la acción humana y sostuvo que no habrá excusas para quienes atenten contra los bosques, los parques nacionales y las áreas protegidas del país.

El anuncio se produce en un contexto crítico por los incendios que afectan a la provincia de Chubut, donde aún permanecen focos activos en distintas zonas de la región cordillerana, particularmente en Puerto Patriada y en el Parque Nacional Los Alerces, donde brigadistas y equipos de emergencia permanecen desplegados realizando tareas de enfriamiento, control y monitoreo permanente.

Los incendios forestales en Chubut comenzaron el 5 de enero de 2026 en la zona de Puerto Patriada, cerca de Epuyén y El Hoyo. Hasta el 22 de enero, la superficie afectada supera las 30.000 hectáreas en toda la provincia, con focos activos en el Parque Nacional Los Alerces y otras áreas cordilleranas.

Por esta situación, cientos de familias debieron dejar sus hogares en zonas cercanas a Epuyén, El Hoyo y Lago Puelo. Se registraron viviendas destruidas, una estancia y complejos turísticos afectados.

Más de 600 brigadistas y equipos de apoyo trabajan en el control del fuego, con apoyo aéreo y terrestre en medio de la denuncia de serias carencias de recursos a partir de que el Gobierno de Javier Milei redujera el presupuesto del Plan Nacional de Manejo del Fuego más del 70% respecto de 2023. En paralelo, se derogó la Ley de Manejo del Fuego en el capítulo que prohibía el uso de tierras incendiadas para desalentar los incendios intencionales.