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Blanqueo de AFIP: hasta U$S100 mil no pagarán impuestos
INGRESOS ÚBLICOS

Blanqueo de AFIP: hasta U$S100 mil no pagarán impuestos

La Nación oficializó la norma.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el procedimiento para llevar adelante el blanqueo de capitales, lo que implica que no pagarán impuestos quienes regularicen montos de hasta 100.000 dólares. “Esta medida está dirigida tanto a los residentes en el país como a todos los argentinos que mudaron su residencia fiscal a otro país y hoy pueden decidir su regreso al amparo de este proceso”, expresa la normativa.

Plasmada en la resolución general Nº5528 del Boletín Oficial, la medida había sido anunciada por el gobierno del presidente Javier Milei e incluida en el paquete fiscal que fue aprobado a fines de abril en simultáneo con la Ley Bases.

El procedimiento permite que se regularice cualquier monto sin costo si se mantiene el dinero en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025 o bien se lo invierte en colocaciones autorizadas por el Ministerio de Economía. Además, a este nuevo régimen se pueden adherir personas que hayan perdido la residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023.

Al mismo tiempo, la AFIP confirmó cómo se estructurará el esquema de pago para quienes regularicen más de US$100.000 sin optar por algunas de las opciones libres de impuestos. El escalonamiento, tal como se había adelantado, queda de la siguiente manera:

Hasta el 30 de septiembre de 2024, se abona una alícuota de 5% sobre el excedente de 100.000 dólares. Hasta el 31 de diciembre de 2024, la alícuota es de 10%. Hasta el 31 de marzo de 2025, la alícuota asciende a 15%

De esta forma, la normativa prevé una reducción de 0,5% de la alícuota del impuesto sobre los bienes personales para los períodos 2023, 2024 y 2025 para aquellos contribuyentes que hayan cumplido con sus declaraciones y pagos durante 2020, 2021 y 2022.

“La norma también reglamenta la posibilidad de adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% por año, lo que beneficia al contribuyente al quedar exento de presentar la declaración jurada hasta 2028 y al lograr estabilidad fiscal (no se podrán cobrar mayores alícuotas durante ese periodo sobre su patrimonio)”, expresa el texto de la AFIP.

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