El Directorio del Banco Central (Bcra) anunció la modificación en los plazos de acreditación de ventas realizadas con tarjeta de crédito en las estaciones de servicio. La medida, que forma parte de los acuerdos de precios, entrará en vigor a partir del 15 de octubre de este año.
Hasta la fecha, las estaciones de servicio, independientemente de su tamaño o titularidad, debían esperar ocho días hábiles para que se acreditara el importe de las ventas realizadas con tarjeta de crédito. Sin embargo, a partir de la fecha mencionada, el plazo se reducirá a cinco días para las estaciones de servicio que sean micro o pequeñas empresas o cuyo titular sea persona humana.
La reducción de los tiempos de acreditación será aplicada siempre que los comercios involucrados acepten los pagos mediante un adquirente. -entidad financiera que actúa como intermediario entre el comercio y los clientes-. En caso contrario, recibirán la acreditación a los ocho días.
Es importante tener en cuenta que esta modificación en los plazos de acreditación se aplica exclusivamente a las estaciones de servicio que cumplan con los criterios mencionados anteriormente.
Para otros tipos de comercios, los plazos de acreditación de pagos con tarjeta de crédito seguirán siendo los establecidos en la Comunicación A 7305 del Banco Central.
Esto implica un plazo de acreditación de 8 días hábiles para micro o pequeña empresa y/o fueran personas humanas; 10 días hábiles para medianas empresas y “servicio de alojamiento, turismo, gastronomía y/o salud” y 18 días hábiles para los demás casos.
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