Cuadernos: la Corte ratificó la ley del arrepentido
Desestimaron un recurso de la defensa de Julio De Vido contra la ley que fue el motor de la causa por las anotaciones de Oscar Centeno.
La Corte Suprema de Justicia denegó ayer un recurso al exministro de Planificación Federal Julio de Vido contra las resoluciones que le rechazaron planteos de inconstitucionalidad de la denominada Ley del Arrepentido en la causa “Cuadernos”, con lo cual tienen validez las declaraciones de los llamados “imputados colaboradores” y el caso irá a juicio.
Por unanimidad, y con la firma de sus cuatro miembros, el máximo tribunal del país desestimó el recurso presentado por la defensa de De Vido en la causa en la que se investiga si hubo una organización por la que circulaban coimas, integrada por funcionarios públicos y contratistas de obra pública.
La defensa del exministro impugnó la validez constitucional de la ley 27.304 que, sancionada el 19 de octubre de 2016, consagró la figura del "delator premiado" o "imputado colaborador" ("arrepentido") con un alcance más amplio del que tenía hasta entonces en otras disposiciones.
La norma establece que, para determinados casos, el partícipe de un delito que declara en calidad de "arrepentido" puede lograr una disminución de la pena privativa de la libertad a cambio de informaciones relevantes para el esclarecimiento o avance de la investigación.
Algunos imputados declararon amparándose en esa norma, como los extitulares de la Cámara Argentina de la Construcción Carlos Wagner y Juan Chediack, este último recientemente fallecido después de sufrir un accidente aéreo.
El planteo del exfuncionario fue desestimado por primera vez en noviembre de 2018, en una resolución que luego confirmó la Cámara Federal y luego el 30 de noviembre de 2020 por la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, con los votos de los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone y la disidencia de Ana María Figueroa.
Contra esa resolución los defensores de De Vido, Maximiliano Rusconi y Hugo Palmeiro, presentaron un recurso extraordinario argumentando afectación a los principios de igualdad, irretroactividad de la ley penal y prohibición de autoincriminación forzada, entre otras garantías, cuyo rechazo, por el mismo tribunal y mayoría, originó la "queja" ante Corte.
El fallo del máximo tribunal del país fue firmado hoy en forma digital por su presidente Horacio Rosatti, y los ministros Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.