Una mujer deberá indemnizar a su expareja tras engañarlo respecto a su condición de paternidad. La verdad salió a la luz en los tribunales de Olavarría a través de un examen de ADN que determinó que él no era el padre biológico del menor como le había hecho creer la madre.
El estudio se realizó precisamente en el marco de una demanda por alimentos que inició ella, quien ahora, por confirmación de la Cámara de Apelaciones, deberá reparar “el daño al honor” que sufrió el hombre con el pago de 200.000 pesos.
Según informaron distintos medios de la ciudad de Olavarría, la pareja formalizó su vínculo en 2002 luego de haber mantenido una relación informal durante un tiempo. En ese momento ella le comentó que se encontraba embarazada y que el hijo que esperaba era de él. Tras la noticia el hombre asumió su paternidad y se mudaron juntos hasta los primeros meses de vida del bebé, cuando decidieron separarse por presuntas infidelidades de su parte con una compañera de la estación de servicio donde trabajaba.
Tras la separación comenzaron los roces económicos. Pasado cierto tiempo ella presentó una demanda por falta de pago de la cuota alimentaria y manutención ante el Juzgado de Familia de Olavarría.
En ese marco, el hombre decidió sacarse una duda con la que convivía hace rato y presentó una “impugnación de filiación” para que la justicia dispusiera un estudio de ADN y así poder corroborar la verdadera identidad del hijo. El examen dio cuenta de que el hombre en realidad no era el padre biológico del menor de edad.
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