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ERA UN ESPÍA

Absolvieron a los policías que causaron la muerte del Lauchón

Era uno de los alfiles de Jaime Stiuso.

El Tribunal Oral Federal N° 5 de San Martín absolvió por unanimidad a los dos oficiales del grupo táctico Halcón de la Policía Bonaerense que habían llegado a juicio acusados del homicidio de Pedro Tomás Viale, alias Lauchón, un agente de la ex-Side que gozaba de la confianza del exjefe de Contrainteligencia de la central de espías argentina, Horacio Antonio “Jaime” Stiuso.

Los jueces consideraron que los oficiales Gustavo Ernesto Martínez y Pedro Nelson Alegre actuaron bajo el paraguas de la legítima defensa cuando, al irrumpir durante la madrugada del 9 de julio de 2013 en la casaquinta del espía en la localidad de La Reja, partido de Moreno, acribillaron a balazos a Viale, miembro la Agencia Federal de Inteligencia (AFI). El Lauchón dormía en su cama de la propiedad situada en Rocha Blaquier 1502 cuando el escalón del Grupo Halcón irrumpió para llevárselo detenido por orden del juez federal Juan Manuel Culotta, que investigaba su relación con la organización narcocriminal de Rodolfo Ángel Carricaburo, alias “Carri” o “Cocinero”.

Los jueces Nada Flores Vega, Héctor Omar Sagretti y María Claudia Morgese Martín consideraron que el hecho se encuadraba en lo que reza el artículo 34, inciso 6, del Código Penal: para ellos, Martínez y Alegre actuaron en defensa propia ante una agresión ilegítima, con necesidad racional del medio empleado para repelerla y sin provocación suficiente por parte del que se defiende. En otras palabras: legítima defensa.

Según la autopsia, el cuerpo del espía tenía once heridas de bala: uno en la cara, seis en el tórax, tres en el brazo izquierdo y uno en la cadera derecha. Algunos eran orificios y otros, esquirlas. Si bien el enfrentamiento se concentró en un pasillo, en el baño, donde falleció con los precintos puestos, los peritos balísticos levantaron cuatro vainas .40 de la Glock del “Lauchón” y una vaina y un proyectil 9 mm de un “halcón”.

El médico forense de la morgue judicial de Lomas de Zamora Héctor César Rosetti determinó que Viale falleció producto de un “mecanismo violento y a consecuencia final de un paro cardio-respiratorio traumático siendo la causa originaria hemorragia aguda secundaria a las lesiones cardiovasculares por el paso de proyectil de arma de fuego en el tórax”. Era de la ametralladora 9×19 mm número 62374837. La de Martínez.

Al abrir la etapa de alegatos, Santiago Blanco Bermúdez y Julián Subías, abogados de la familia Viale, exigieron la prisión perpetua con accesoria a reclusión por tiempo indeterminado para los dos acusados: “Son policías, saben lo que están haciendo, fueron a matarlo. Hubo abuso de funciones, no es legítima defensa. 

Yo ya adelanté que los acusaría por ensañamiento y alevosía; lo confirmaron, dispararon para ultimarlo, lo dejaron tirado en el baño precintado hasta morir, tiene un tiro desde adentro, arriba Martínez, abajo Viale. Alegre dijo que se tiró encima, lo que le permitió a Martínez entrar. Se aprovecharon de la indefensión de la víctima y actuaron sin riesgo”.