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Un juez de la Magistratura anuló la designación de una diputada radical
EN UN FALLO POLÉMICO

Un juez de la Magistratura anuló la designación de una diputada radical

La resolución considera que la UCR y el PRO integraban una sola lista electoral, y, por ello, no pueden acceder a dos bancas.

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Con la designación de los senadores en el Consejo de Magistratura en un limbo, ayer se abrió otra disputa para la integración del organismo: un juez falló contra la designación de la diputada radical Roxana Reyes, al considerar que, como sus candidatos integraban la misma lista electoral, la UCR y el PRO deberían ser considerados la misma minoría en la Cámara baja, y les corresponde una sola banca en el organismo de contralor judicial.

La resolución abre un interrogante sobre la jura de los cuatro representantes de Diputados, que la semana pasada fue admitida por la Corte Suprema de Justicia. La sorpresa llegó ayer bajo la firma de Martín Cormick, juez en lo Contencioso Administrativo Federal, que actuó tras una denuncia de Germán Martínez, jefe del bloque del Frente de Todos en la Cámara de Diputados.

La radical Reyes había jurado como integrante del Consejo de la Magistratura en mayo. El fallo de ayer se refiere al mandato que terminó el 18 de noviembre, pero avanza sobre los criterios usados para su nueva postulación, que ya fue formalizada por la titular de Diputados -Cecilia Moreau- y aceptada por la Corte. Reyes fue aprobada como representante de la segunda minoría de Cámara, junto con Álvaro González, del PRO por la primera minoría, y Vanesa Siley y Rodolfo Tailhade por la mayoría.

Cormick argumenta su resolución con una cita al fallo de la Corte con el que le dio la razón a Luis Juez para que ocupe una de las bancas en la Magistratura desde el Senado, al considerar la división del bloque oficialista pergeñada por Cristina -que partió a los senadores K bajo los sellos de Unión Ciudadana y Frente Nacional y Popular- como un ardid para que el Frente de Todos se quedase con tres de las cuatro sillas del Senado en el Consejo.

Cormick buscó aplicar esa lógica a la proporcionalidad de la oposición en Diputados y argumentó: “De otorgarle un integrante al Bloque constituido por el PRO, y otro integrante al bloque UCR, se estaría vedando de participar a la real segunda minoría de la Cámara, cometiéndose una situación, de hecho, similar a la analizada por la Corte en el fallo citado. Ello, porque los miembros de los bloques PRO y UCR han constituido, de hecho, parte de la misma lista de candidatos a ser votada, tanto en 2021 como previamente en 2019”.

Y analizó: “En ambos procesos electorales -más allá de denominaciones circunstanciales-, el Frente de Todos (Partido Justicialista y otros), constituyó una alternativa para votar; el Frente Juntos por el Cambio (PRO, U.C.R., Coalición Cívica, entre otros), otra; y, por mencionar dos más, el Frente de Izquierda los Trabajadores, y La Libertad Avanza, entre otras, otras alternativa que, según el análisis que debe hacerse en el seno de la Cámara de Diputados y ajeno a este proceso, debiendo la Presidencia de la Cámara dictar una nueva Resolución acorde a lo aquí decidido, no pudiendo otorgar la representación del tercer espacio a la Unión Cívica Radical”.

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