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Billeteras virtuales informarán movimientos con nuevos montos
DECISIÓN DE AFIP

Billeteras virtuales informarán movimientos con nuevos montos

La modificación optimiza la calidad de los datos con los que cuenta el organismo para fiscalizar las operaciones.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos a partir de los cuáles las administradoras de billeteras virtuales deben informar los movimientos de sus clientes que quedó fijado en $30.000 como umbral mensual y en $90.000 los saldos finales mensuales. Así, como un umbral de $200.000 a partir del cual las firmas del sector deben informar las transferencias bancarias o virtuales.

La modificación optimiza la calidad de los datos con los que cuenta el organismo para fiscalizar las operaciones canalizadas a través de cuentas virtuales y no implica ningún cambio para los usuarios.

Con ese objetivo, la Resolución General 5193/2022 que se publicará en el Boletín Oficial establece en $30.000 el umbral mensual a partir del cual los proveedores de servicios de pagos informan ingresos y egresos en las cuentas. Como parte de las modificaciones, la normativa indica también que las billeteras virtuales deben informar los saldos finales mensuales cuando sean iguales o superiores en ese período a $90.000. Para ambos casos, el monto anterior era de 10.000 pesos.

Además, se estableció un umbral de $200.000 a partir del cual las firmas del sector deben informar las transferencias bancarias o virtuales. Los cambios introducidos perfeccionan el régimen de información sobre esos activos. La AFIP incorporó desde este año a las billeteras virtuales al listado de activos sobre los cuales trabar embargos para deudas.

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