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En septiembre se recolectaron en Salto más de 9300 envases de fitosanitarios

Foto ilustrativa.

MEDIOAMBIENTE

En septiembre se recolectaron en Salto más de 9300 envases de fitosanitarios

El 28% son envases de 20 litros y el 25% son envases B, que contenían productos no miscibles con agua.

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Según un informe difundido por el municipio de Salto, durante el mes de septiembre se lograron recolectar un total de 9315 envases de fitosanitarios, de los cuales el 28% son envases de 20 litros y el 25% son envases B, que contenían productos no miscibles con agua.

A través de estas políticas, en conjunto con los productores, el municipio promueve la sustentabilidad y el cuidado del ambiente pensando a futuro. “Agradecemos a los 33 productores que colaboraron acercando los envases, a la red de distribuidores locales por colaborar con la difusión y a Campo Limpio SGE”, dijeron. Durante la jornada estuvieron presentes el Secretario de Producción y el Director de Ambiente de la Municipalidad de Salto.

El triple lavado es el primer paso para una adecuada disposición final de los envases vacíos y consiste en enjuagar 3 veces el envase una vez que el agroquímico ha sido aplicado.

La Ley 27279 sancionada el 14 de septiembre de 2016 y publicada en el Boletín Oficial el 11 de octubre de 2016 establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión de los envases vacíos de fitosanitarios, en virtud de la toxicidad del producto que contuvieron, requiriendo una gestión diferenciada y condicionada.

Se entiende por gestión integral de envases vacíos de fitosanitarios al conjunto de actividades interdependientes y complementarias entre sí, que conforman un proceso de acciones para el manejo de envases vacíos de fitosanitarios, con el objetivo de proteger el ambiente y la calidad de vida de la población, atendiendo a los objetivos y jerarquía de opciones de la ley, desde la producción, generación, almacenamiento transitorio, transporte y tratamiento, hasta su disposición final o utilización como insumo de otro proceso productivo.

Son objetivos de la norma:

  • Garantizar que la gestión integral de los envases vacíos sea efectuada de un modo que no afecte a la salud de las personas ni al ambiente.
  • Asegurar que el material recuperado de los envases que hayan contenido fitosanitarios no sea empleado en usos que puedan implicar riesgos para la salud humana o animal, o tener efectos negativos sobre el ambiente.
  • Mejorar la eficacia de la gestión, considerando las estructuras y métodos preexistentes en cada jurisdicción, de conformidad con el principio de progresividad.
  • Dinamizar el procedimiento administrativo para el registro y autorización de los sujetos comprendidos en la presente ley.
  • Establecer y definir las diferentes etapas y eslabones comprendidos en la gestión integral de los envases vacíos de fitosanitarios.
  • Como consecuencia de su implementación, todos los envases vacíos de fitosanitarios utilizados en el territorio nacional, deberán ingresar a un Sistema de Gestión Integral de Envases Vacíos de Fitosanitarios cuya formulación, operación y mantenimiento será de directa responsabilidad de los registrantes, en virtud del principio de responsabilidad extendida establecido por el inc. a) del art. 5°.
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