En un evento a sala llena organizado por la Fundación Crup y el Colegio de Magistrados de Pergamino en la Biblioteca Municipal Joaquín Menéndez, el Dr. Pablo Santamarina, actual Defensor General del distrito, ex fiscal y docente universitario, brindó un discurso contundente sobre la implementación y la realidad del Juicio por Jurados en la Provincia de Buenos Aires, destacando su rol como herramienta de democratización de la Justicia.
Presentado por el Fiscal General Dr. Mario Daniel Gómez y con la colaboración del Juez del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1, Dr. Guillermo Burrone, Santamarina expuso ante miembros del Poder Judicial, el Ministerio Público, abogados de la matrícula, concejales, periodistas y público en general, haciendo hincapié en la necesidad de desmitificar la figura del jurado popular y reconocer su raigambre constitucional.

El Origen de la “Ola Juradista” y la Deuda Histórica
El Dr. Santamarina comenzó su exposición, marcada por una dinámica interactiva con el público, señalando la tardanza en la implementación del instituto. Recordó que el Juicio por Jurados está en la Constitución Nacional desde 1853 (Art. 24 y 118), una deuda de más de 150 años.
Relató una anécdota sobre el ex Ministro de Justicia bonaerense, Daniel Casal, que impulsó su puesta en marcha en 2013-2014. Según Santamarina, Casal, de forma más relajada fuera de los actos formales, admitió estar "cansado que me insulten a los jueces". El Juicio por Jurados se presentó, entonces, como una forma de democratizar verdaderamente la Justicia trayendo a los vecinos al control del Poder Judicial.
El Defensor General confesó que, en sus inicios, a fiscales y defensores les costó persuadir a los 12 ciudadanos, resultándoles "más fácil persuadir a los jueces" por prácticas arraigadas. Sin embargo, pese a un inicio difícil, el sistema sobrevivió en la Provincia de Buenos Aires, dando inicio a la "ola juradista" a nivel nacional, con muchas provincias sumándose a esta modalidad.

Desinformación y Realidad
Uno de los datos más relevantes de la charla fue la magnitud del Juicio por Jurados en la vida cotidiana de los ciudadanos. Santamarina sorprendió al público al revelar que más del 73% de la población argentina vive en una jurisdicción donde puede ser juzgada por un jurado o participar como tal. Este alto porcentaje se da pese a que aún existe un gran nivel de desinformación, incluso entre estudiantes de Derecho, que piensan que es solo un elemento de las series norteamericanas.
En la Provincia de Buenos Aires, a 10 años de su primer juicio en marzo de 2015, se han realizado cerca de ochocientos juicios por jurados, incluyendo casos resonantes como el de Farré o el del “carnicero justiciero”.

Funcionamiento del Jurado Bonaerense: Sorteo, Paridad y Rapidez
El Defensor General detalló aspectos clave del funcionamiento del sistema provincial:
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Selección: El mecanismo es un sorteo realizado una o dos veces al año en la Lotería de la Provincia, usando los tres últimos números de los DNI. Los ciudadanos seleccionados reciben una notificación personal, y si bien existen excusas válidas, la participación es un deber cívico similar a la obligación del voto. Se les otorga un pago, que si bien no permite "vivir de hacer juicios por jurado", compensa a quienes deben ausentarse de su trabajo, garantizándose la inamovilidad laboral durante la tarea.
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Composición: El jurado en la Provincia de Buenos Aires se compone de 12 titulares más 6 suplentes. Además, la ley exige paridad de género obligatoria: debe haber igual número de hombres y mujeres (6 y 6) en el jurado titular. El Dr. Santamarina reconoció que, si bien la paridad está en la ley, su utilidad es un tema de fuerte debate académico, ya que el género no garantiza automáticamente la "perspectiva de género".
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Velocidad: En contraste con el sistema de justicia federal, donde un juicio oral puede durar uno o dos años, el Juicio por Jurados en la provincia se resuelve en un promedio de tres días (2,8 días) continuos. Para Santamarina, esta rapidez es una de las mayores virtudes del sistema y una garantía de justicia democrática.
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Imparcialidad y Poder: Se destacó que la identidad del jurado no se revela a las partes ni al público, y el jurado no conoce los antecedentes penales del acusado para evitar el sesgo de confirmación. La audiencia de selección, conocida como voir dire, es crucial para garantizar un jurado imparcial. Además, la ley provincial garantiza que el imputado (y su defensa) tienen la opción de elegir ser juzgado por un jurado popular.
En conclusión, el Dr. Santamarina subrayó que, aunque el sistema de Juicio por Jurados funciona de manera "casera" en una provincia "caótica" como la de Buenos Aires, la figura del jurado popular ha demostrado ser impecable en su compromiso y desempeño, ofreciendo una legitimación de la justicia que el sistema tradicional no logra.
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