Pergamino
FUE CONFIRMADA POR LA CÁMARA FEDERAL DE ROSARIO EN EL 2020

Se reinstala la polémica por la zona de exclusión para fumigaciones con agroquímicos en Pergamino

Tras el pedido de la Municipalidad de morigerar o levantar lo dispuesto por la medida cautelar del 2019, desde Encuentro de Pueblos Fumigados (EPF) de la provincia de Buenos Aires manifestaron su total rechazo a la iniciativa.

En el año 2020, la Cámara Federal de Rosario confirmó la decisión judicial que prohibió en el 2019 la fumigación terrestre y aérea en Pergamino y zonas urbanas y amplió la medida cautelar al gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

El fallo recogió parcialmente un planteo de la Municipalidad, a quien se había dirigido en primer lugar la medida postulada por la Fiscalía Federal de San Nicolás, a cargo del fiscal Matías Di Lello, y dos querellas particulares.

La intervención del tribunal revisor se produjo tras un recurso de la intendencia pergaminense, que había cuestionado su competencia para el efectivo ejercicio de poder de policía ambiental por fuera de un radio de 600 metros. Como la medida cautelar dispuesta por el juez federal Carlos Villafuerte Ruzo fijó un “límite restrictivo y de exclusión” de 1095 metros para aplicaciones terrestres y de 3 mil para las aéreas, el municipio apeló esa decisión.

La Cámara compartió ese punto del planteo. En ese sentido consideró que “al haber fijado [el fallo] límites que claramente exceden la competencia del municipio, tanto el Municipio como la provincia de Buenos Aires debieron ser los destinatarios de la medida impuesta por el juez a-quo [de primera instancia], en virtud de sus facultades concurrentes en lo que respecta al poder de policía en esta materia”.

También reparó en que “en materia de aplicaciones aéreas la única administración responsable es el estado de la provincia de Buenos Aires, a través de sus respectivos entes”. En consecuencia, los camaristas Aníbal Pineda y Fernando Barbará opinaron que también la provincia de Buenos Aires “debió ser sujeto pasivo de la misma ejecución cautelar”, lo que así resolvieron.

A su vez, el fallo de la Sala A también consideró acreditados los requisitos para el dictado de la medida cautelar -verosimilitud del derecho y peligro en la demora-. Tras un análisis de los elementos constitucionales, la legislación nacional, jurisprudencia y principios aplicables en materia ambiental, los magistrados también repasaron los elementos probatorios incorporados al proceso, que arrojaron que “la presencia de daño genético aumentado resulta de la exposición de las células a agentes contaminantes genotóxicos y puede asociarse al aumento en el riesgo de padecer efectos adversos en la salud. El daño detectado puede ser reversible, si se elimina o disminuye el agente que lo causa, y por lo tanto descenderá el riesgo a desarrollar enfermedades”.

A seis años de la medida cautelar y a cinco del fallo de la Cámara, la Municipalidad de Pergamino presentó en los últimos días ante el Tribunal Oral Federal Nº2 de Rosario una solicitud de "levantamiento o morigeración" de las medidas cautelares que dieron lugar a la zona de exclusión.

Tras obtener la certificación IRAM de “Municipio Verde”, que está relacionado con el uso de Buenas Prácticas Agrícolas, el municipio entiende que la situación ha cambiado desde el año 2019 y que hoy existe otro compromiso ambiental, público y técnico. A su vez, pretende conformar un Cuerpo Colegiado Multisectorial para abordar la problemática y realizar un monitoreo acerca del cumplimiento de las normas y del protocolo.

Ante este iniciativa, desde Encuentro de Pueblos Fumigados (EPF) de la provincia de Buenos Aires emitieron un comunicado en el que rechazaron de manera categórica la solicitud afirmando que las medidas cautelares "defienden a la población de dicho partido frente a las fumigaciones con agrotóxicos”.

“Rechazamos este intento de retroceso por parte del Municipio de Pergamino y alertamos que volver a permitir fumigaciones a metros de las viviendas es reinstalar un escenario de daño sistemático y letalidad. Es también reinstaurar el abandono, la desidia y la impunidad institucional en todos los niveles, pues es lo que sucede en cada Pueblo Fumigado que habitamos”, sostiene el documento.

Y añadieron: "“El Municipio de Pergamino, cuya complicidad fue demostrada en la causa judicial, pretende ahora reducir las distancias de resguardo a 100 metros, amparándose en las llamadas ‘Buenas Prácticas Agrícolas’ y en un sello de ‘Municipio Verde’ otorgado por actores enmascarados del mismo agronegocio”.

También adelantaron que en los próximos días le pedirán al Tribunal Federal Oral N° 2 de Rosario el rechazo in limine de la solicitud.