La Presidencia del HCD y la Asesoría Letrada no dieron lugar al pedido de Audiencia Pública por las privatizaciones
Además, desde el bloque de Juntos por el Cambio realizaron la denuncia penal por las irregularidades que presenta la solicitud en cuanto a la legitimidad de las firmas.
El proyecto de la Reforma Municipal continúa siendo el centro de la discusión política a nivel local y sigue generando polémica.
En el día de hoy se dio a conocer la resolución de la presidenta del Honorable Concejo Deliberante (HCD), Gabriela Taruselli, y de la Asesoría Letrada con respecto al pedido de Audiencia Pública para tratar la iniciativa de privatización de agunos servicios públicos municipales.
El decreto publicado hace instantes asegura que la audiencia solicitada a través de la junta de dos mil firmas no se realizará debido a que su presentación contiene irregularidades.
El artículo 1 del decreto expresa: "No configurándose los recaudos legales de autenticidad de las firmas de los adherentes en los términos establecidos en el artículo 14 de la ordenanza 5425/01, no hacer lugar al pedido de audiencia pública solicitado mediante nota presentada el 25 de octubre de 2024 e insistida mediante nota del 4 de noviembre de 2024".
En cuanto a las inconsistencias del documento, el decreto hace mención al comunicado que emitieron los concejales de Juntos por el Cambio (JxC) y confirma que contiene casos de datos personales que no se corresponden con los números de documento consignados, firmantes que lo hacen en más de una oportunidad, en distintas planillas, firmantes que lo hacen en más de una oportunidad, en la misma planilla, firmantes que lo hacen en más de una oportunidad, en la misma planilla, en renglones consecutivos, alternando el orden de nombre y apellido, coincidiendo el número de DNI, con firmas que difieren una de otra, firmantes que consignan números de DNI inexistentes.
A su vez, el documento presentado hoy por la Presidencia del HCD expresa que los ediles de JxC realizaron una denuncia penal por las irregularidades que presenta la solicitud de la Audiencia Pública.
Por su parte, la Asesoría Letrada toma como base la solicitud presentada y sostiene que "la convocatoria de audiencia pública en este tema específico, no resulta obligatoria, sin perjuicio de que las autoridades municipales, estimen conveniente su realización"; y que "la “solicitud ciudadana” no puede ser equiparada a una “convocatoria automática” por su mera presentación, sino que requiere, en todos los casos, que la autoridad competente se pronuncie al respecto luego de haber verificado el cumplimiento de todos los recaudos legales.
"La convocatoria a audiencia pública debe ser realizada a través de un acto administrativo expreso en el marco de un procedimiento administrativo. De verificarse la falta de autenticidad y otras irregularidades vinculadas por parte de la autoridad municipal competente, el acto de convocatoria no podría ser dictado legítimamente. La falta de convocatoria o denegatoria de la misma, emitida por autoridad competente, permitiría dar tratamiento a la ordenanza respecto de la cual aquella fue solicitada. En su caso y, a todo evento, ante una sospecha fundada acerca de tales irregularidades, se debería formular la denuncia penal correspondiente", concluye la Asesoría Letrada.