Jubilados y Pensionados podrán inscribirse para ser eximidos de las tasas municipales 2024
Será a partir de la última semana del mes de octubre. En la nota el paso a paso para la inscripción y los requisitos solicitados.
La Secretaría de Hacienda y Finanzas informa que a partir del lunes 23 de octubre se abre la inscripción para la eximición de tasas municipales e inmuebles urbanos (ejercicio 2024) para contribuyentes jubilados y pensionados.
El trámite se puede realizar ONLINE a través del porta de Hacienda Pergamino: Ingresar a https://vppergamino.pergamino.ar/ > Guía de Trámites > Atención al Contribuyente > Eximición Pago de Tasas Municipales para Jubilados y Pensionados (Directo).
También puede realizar se de manera presencial en la Oficina de Atención al Contribuyente, ubicada en calle Dorrego 654, en el horario: 7.30 hs. a 13 hs.
Cronograma de presentación
Terminación del DNI | Fecha de presentación
0-1
Del 23/10/2023 al 27/10/2023
2-3
Del 30/10/2023 al 03/11/2023
4-5
Del 06/11/2023 al 10/11/2023
6-7
Del 13/11/2023 al 17/11/2023
8-9
Del 21/11/2023 al 24/11/2023
Sin embargo, quienes no pueden presentarse en las fechas estipuladas, podrán hacerlo desde del 27 de noviembre al 07 de diciembre del corriente.
¿Quiénes pueden realizar el trámite?
Titular y/o persona debidamente autorizada de Jubilados / pensionados, sin actividad laboral, propietarios de un único inmueble destinado exclusivamente a vivienda propia o usufructuario a título gratuito con igual destino, y que el conjunto de ingresos correspondiente al titular y su grupo familiar conviviente no supere la suma bruta de 2,25 haberes jubilatorios mínimos (adicionales que se corresponden con haberes mínimos se excluyen) o el valor de la canasta básica total tomada por el INDEC, HOGAR 2 ($ 284.696,95 valor al mes de agosto de 2023), el que sea mayor.
Cabe destacar que todo hecho, omisión, simulación, ocultación o maniobra intencional por parte del contribuyente, destinado a acceder a una eximición a la que no tenga derecho, será pasible de una Multa por Defraudación prevista en la Ordenanza Fiscal.
Recuerde que una vez obtenida la eximición directa el Departamento Ejecutivo solicitará información al ANSES y a la SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL para verificar datos de su declaración.
Requisitos Generales
- Fotocopia de la escritura del inmueble.
- Fotocopia completa del documento del titular, de su cónyuge y de quienes convivan en el inmueble.
- Fotocopia de la libreta de matrimonio o de la partida de matrimonio.
- Fotocopia de una factura de Servicios Sanitarios o de Limpieza y Conservación de la Vía Pública de su inmueble.
- Fotocopia del Certificado de defunción del titular o cónyuge que haya fallecido.
- CERTIFICACIÓN NEGATIVA, expedida por ANSES, de los integrantes del grupo familiar que no perciban beneficio previsional.
- Fotocopia de última factura de luz.
- Jubilados/Pensionados: Fotocopia del último recibo de jubilación y/o pensión (comprobante de pago previsional) del titular y del cónyuge.
- Personas con discapacidad: Certificado Único de Discapacidad vigente.
Quienes hubiesen obtenido la eximición en el año 2023, solo deberán presentar:
- Fotocopia de aprobación del beneficio en el año 2023. En el caso de personas con discapacidad, podrán realizarlo también con la aprobación obtenida en el año 2022.
- Fotocopia de última factura de luz.
- Jubilados/Pensionados: Fotocopia del último recibo de jubilación y/o pensión (comprobante de pago previsional) del titular y del cónyuge.
- Personas con discapacidad: Certificado Único de Discapacidad vigente.
Si alguno de los Requisitos Generales hubiese sufrido modificaciones, deberán presentar la documentación respaldatoria correspondiente.