Se aprobó la prohibición de los trapitos en Pergamino
En lo que fue una sesión caliente del HCD, el proyecto de la Secretaría de Seguridad se aprobó con 12 votos afirmativos. En la nota todos los artículos de la nueva Ordenanza.
Ayer por la tarde el Honorable Concejo Deliberante (HCD) trató el proyecto enviado por la Secretaría de Seguridad que prohíbe las actividades de cuidacoches o "trapitos", lavacoches y limpiavidrios en las calles del Partido de Pergamino.
En lo que fue un debate caliente entre los concejales de Juntos por el Cambio y Frente de Todos, la votación se llevó a cabo bajo la modalidad nominal y la iniciativa quedó aprobada con 12 votos afirmativos.
Se trata de una Ordenanza polémica debido a que esta le quitará una fuente de ingreso a muchas personas en un contexto de crisis económica y social. Debido a la sensibilidad del tema, la sesión fue presenciada por una gran cantidad de ciudadanos quienes expresaron su enojo ante cada intervención de los concejales de JxC. Debido a esta situación, la presidenta del HCD, Gabriela Tarucelli, se vio obligada a solicitar silencio en la sala en repetidas ocasiones.
El concejal de Jxc, Julio Adrover, defendió el despacho diciendo que "no sólo se está poniendo en custodia los derechos de los demás ciudadanos que son muchas veces quienes nos traen sus inquietudes, sino que también los propios derechos de las personas que ejercen este honorable oficio, y que precisamente es ayudarlos para que consigan trabajo en blanco proporcionándoles elementos para que tengan una mejor vida en un momento de mucha inflación que nos toca vivir en el país".
Los concejales de la oposición en el HCD decidieron unánimemente no acompañar este proyecto. En diálogo con diarionucleo.com, el concejal Álvaro Reynoso explicó las razones. "Nos parece que el tema no se ha abordado de una manera eficiente ya que dejará a muchas familias sin el poco sustento que podían ganar a través de estas actividades. El oficialismo no creó instancias de inclusión para estas personas en algún programa laboral", expresó.
Y agregó: "Consideramos que el proyecto tiene errores técnicos de legislación, por ejemplo, prohíbe el lavado de coches en la vía pública cuando esto ya existe en el Código Contravencional. La ordenanza tiene más que ver con un contexto político de manejar un discurso parecido al de Bullrich por parte del oficialismo y no tiene nada que ver con la preocupación de una problemática particular de la ciudad".
Por su parte, el secretario de Seguridad e impulsor del proyecto, Ignacio Doddi, le expresó a diarionucleo.com que la actividad de los trapitos "no está autorizada" y que han recibido muchas denuncias sobre episodios de violencia cuando estos le exigían a los vecinos el pago por cuidar el vehículo estacionado en la vía pública.
"La norma que proponemos tiene dos sentidos, por un lado prohibir expresamente el ejercicio de estas actividades, y, por el otro, llevar a cabo un relevamiento acerca de quiénes son las personas que practican esta actividad", sentenció Doddi.
Qué se aprobó
El Proyecto de Ordenanza de la Secretaría de Seguridad referido a la prohibición de cuidacoches, lavacoches y limpiavidrios en el Partido de Pergamino contiene los siguientes artículos
- Artículo 1º: Prohíbase en el ámbito del Partido de Pergamino las actividades de cuidado y/o lavado de vehículos en la vía pública, rentadas o gratuitas con todas sus formas, y bajo cualquier denominación que se utilizare. Por ejemplo cuidador de auto, cuidacoches, estacionador, limpiavidrios, trapitos, etc.
- Artículo 2º: Realizar cualquiera de las actividades expresamente prohibidas en el Artículo 1º será sancionado con una multa de 20 a 1.000 módulos y/o decomiso de los elementos que utilizara para realizarlas.
- Artículo 3º: Establézcase un organismo de control municipal a efectos de evitar y/o hacer cesar la realización del tipo de actividades prohibidas. Poder requerir intervención de la Policía de la Provincia de Buenos Aires conforme a lo prescripto en el Código de Faltas de la provincia de Buenos Aires.
- Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo llevará adelante un relevamiento de las personas que estuvieran desarrollando las actividades antes descritas al momento de la sanción de la presente ordenanza con el objeto de incluirlo en programas de formación de oficios que desarrolla el municipio, brindando de esta manera la herramienta para una futura reinserción laboral. En tal sentido, y a través del acto administrativo pertinente, poder otorgar un subsidio por única vez con destino a la adquisición de herramientas y/o insumos para ser aplicados al programa de formación de oficios.
- Artículo 5º: Establézcase en caso de detectarse menores de edad y/o personas con capacidades diferentes involucrados en la realización de las actividades prohibidas en la presente Ordenanza, que los organismos de control deberán informarlo de manera inmediata al Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos del Niño, Niña y Adolescentes y al Consejo Municipal de las Personas con Discapacidad según corresponda.
- Artículo 6º: La presente Ordenanza deja sin efecto cualquier legislación anterior que autorice, reglamente o convalide las actividades prohibidas precedentemente.
- Artículo 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
- Artículo 8º: De forma.