El Ministerio de Desarrollo y Hábitat lanzó una nueva convocatoria para quienes quieran participar del sorteo para acceder a viviendas construidas pero, esta vez, con novedades en su implementación.
Los pergaminenses interesados deberán llenar un formulario disponible en la página web de Procrear para poder participar del sorteo que se anunciará por los medios oficiales de este Ministerio.
Entre las líneas disponibles del programa Procrear para facilitar el acceso a la Casa Propia, se encuentra la de Lotes con Servicios que, en esta oportunidad, ofrecerá un total de 1.456 lotes distribuidos en 52 predios a lo largo de 11 provincias argentinas. Cabe aclarar que el crédito únicamente podrá ser destinado a la adquisición de un lote de terreno para la construcción de la vivienda familiar y de ocupación permanente por parte del adjudicado.
Procrear II: Cómo es el crédito para la Casa Propia
Una vez realizado el sorteo, para el cual aún el Ministerio de Desarrollo y Hábitat no confirmó la fecha, las personas ganadoras podrán pagar sus nuevas viviendas con créditos a tasa fija y con plazos máximos de hasta 30 años. Desde el organismo público explican que se incorpora el coeficiente Casa Propia como fórmula de actualización crediticia. Se pondrán a disposición más de 70 predios construidos en todo el país. El listado completo se puede ver en este link: https://www.argentina.gob.ar/habitat/procrear/desarrollosurbanisticos#2
Asimismo, en esta oportunidad se suma como novedad la incorporación de tres nuevos Desarrollos Urbanísticos para los cuales los créditos serán a tasa cero, también actualizados mediante el coeficiente Casa Propia, y a pagar en 30 años. Se trata de los predios ubicados en:
- San Martín II (Buenos Aires)
- General Lagos (Santa Fe)
- Roque Sáenz Peña (Chaco)
Procrear II: Cuáles son los requisitos para el sorteo
Antes de inscribirse al sorteo para acceder a la Casa Propia con un crédito Procrear, es importante controlar que se cumplan con todos los requisitos ya que, de no ser así, el beneficio queda automáticamente anulado:
- No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
- No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción. Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.
- Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
- Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.
- Tener (el/la titular) entre 18 y 64 años inclusive al momento de completar la inscripción.
- Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.
- Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
- Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 1 SMVyM y 10 SMVyM. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.
- Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.
- No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos nueve (9) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
- Los y las participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
- El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados: Matrimonio; Unión convivencial; Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.
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